Comisión busca mejorar la calidad de refugios para animales
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- Con adiciones a la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la CDMX, se busca ampliar la aplicación de estímulos fiscales, financieros y administrativo
26.04.24. La Comisión de Bienestar Animal del Congreso local aprobó el dictamen a la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México, en materia de instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de protección y bienestar animal, suscrita por el diputado con licencia Jesús Sesma Suárez.
El diputado Javier Ramos Franco, presidente de la comisión, señaló que el dictamen tiene por objeto incluir a las personas físicas que administren o cuenten con un refugio legalmente constituido en la emisión de estímulos fiscales, financieros y administrativos, a fin de incentivarlas a realizar acciones a favor del bienestar animal, así como en programas de educación, investigación y difusión en esta materia.
La adición del artículo 78 establece que la persona titular de la jefatura de Gobierno local, emitirá los instrumentos económicos que incentiven y faciliten el cumplimiento de los objetivos de la política de protección y bienestar animal, mediante los cuales se promueva un cambio en la conducta de las personas que realicen actividades de crianza, mercantiles y de servicios.
Se busca también incentivar y facilitar que las asociaciones u organizaciones legalmente constituidas y registradas realicen acciones para la protección de los animales y programas de educación, investigación y difusión en la materia, mediante el otorgamiento de estímulos fiscales, financieros y administrativos.
Por otra parte, el artículo 79 considera estímulos fiscales como aquellos que se emitan de conformidad con el Código Fiscal local, que otorguen beneficios en el pago de contribuciones y faciliten el acceso al crédito y al financiamiento en coordinación con instituciones financieras, así como organismos gubernamentales creados para esos fines.
Finalmente, se establece que los estímulos que faciliten, agilicen y reduzcan los trámites, requisitos y plazos para el establecimiento y operación de las actividades en la materia, son los administrativos.
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